Existe la copropiedad cuando una cosa o un derecho patrimonial pertenecen a dos o más personas. Los copropietarios no tienen dominio sobre las partes determinadas de la cosa, sino un derecho de propiedad sobre todas y cada una de las partes de la cosa en cierta proporción. En derecho romano esta figura era conocida en los nombres de rem communem esse, rem plurim esse o rem communem habere. Son aquellos inmuebles o edificios construidos en un mismo terreno de dominio común y las casas construidas en sitios de dominio de cada propietario, pero que cuentan con espacios comunes.
Fuente: https://definicionlegal.blogspot.com/2012/07/la-copropiedad.html