Derecho de preferencia

“Es la facultad que la ley o un convenio confiere a determinadas personas con preferencia de otras para la adquisición de ciertos bienes. Es el caso de la adquisición de nuevas emisiones de acciones por los socios de una sociedad comercial. Abarca, entre otras, las posibilidades de reconocer el derecho de preferencia en la negociación, suscripción y negociación del derecho de suscripción de acciones. En las sociedades anónimas existe como regla general la libre negociación de las acciones, salvo que se pacte expresamente el derecho de preferencia, en cuyo caso su incumplimiento es susceptible de sanción. En cuanto a la suscripción de acciones, el derecho de preferencia es un elemento de la naturaleza del contrato social, en tanto que se encuentra previsto como la regla general, en la norma mercantil”.

Fuente: http://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/derecho-de-preferencia/derecho-de-preferencia.htm