Genera obligaciones para ambas partes, como en la prestación de servicios. “También conocido como contrato sinalagmático (…) es aquel que genera obligaciones recíprocas para ambas partes contratantes. De forma estricta, en un contrato bilateral, la causa de la obligación de un contratante tiene por objeto la obligación del otro, y recíprocamente”.
Fuente: https://www.proquoabogados.com/contrato/bilateral/