Bonos del fundador

Son títulos de crédito que representan un beneficio especial y temporal para los socios fundadores. Se traducen en la obtención de la participación concedida en las utilidades anuales, la cual no deberá exceder del 10 % ni podrá abarcar un periodo superior a 10 años a partir de la constitución de la sociedad. Tal participación no deberá cubrirse sino después de haber pagado a los accionistas un dividendo del 5% sobre el valor divido de sus acciones, ni en perjuicio del capital social.